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Relevante reciente sentencia judicial que impide la utilización del término "ingeniería" por los ingenieros técnicos.

Al amparo de una la reciente Sentencia nº 392/2025, de 03/11/2025, los Ingenieros Técnicos deben de abstenerse de emplear el término "Ingeniería" para referirse a su colectivo.

Conforme textualmente se afirma en dicha Sentencia:

· Desde el punto de vista de la formación académica, un ingeniero superior ha tenido que cursar un grado universitario seguido de un máster habilitante, lo que implica una formación más extensa y profunda que la del ingeniero técnico que sólo cursa el grado universitario. La distinción respeta el esfuerzo y la formación que cada profesional ha realizado. Equiparar ambas titulaciones sin fundamento puede desvalorizar el mérito académico.

· Analizando las competencias y atribuciones profesionales, los ingenieros superiores tienen atribuciones más amplias, pudiendo firmar proyectos de mayor envergadura que los propios de los ingenieros técnicos. Confundir ambas titulaciones puede llevar a que se asignen responsabilidades técnico/jurídicas a profesionales que legalmente no deben asumirlas.

· La confusión no ayuda a combatir el intrusismo, donde profesionales sin la formación adecuada pudieran acceder a funciones que legalmente no le pudieran corresponder.

· Atendiendo al tráfico jurídico/económico, evitar la confusión fomenta la efectividad de una correcta contratación laboral de los ingenieros/ingenieros técnicos como en el ámbito de los arrendamientos de obras/servicios. Así, las empresas necesitan saber qué tipo de profesional están contratando para asignar tareas conforme a sus competencias y los clientes deben tener la garantía de que el profesional que firma un proyecto tiene la formación y atribuciones necesarias.

· Debemos concluir que la distinción entre ingenieros (o ingenieros superiores) e ingenieros técnicos no es una cuestión de jerarquía, sino de precisión, legalidad, respeto profesional y seguridad jurídica. Evitar actos que conlleven confusión protege tanto a los profesionales de ambos sectores como al cliente, garantiza la calidad técnica de los trabajos y fortalece la credibilidad del sistema educativo y profesional y, en definitiva, da seguridad al tráfico económico/jurídico.

Se adjunta la sentencia en formato pdf: 

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