Por ser mutualista, con La Mutua de los Ingenieros te puedes beneficiar de hasta un 100% de desgravación del I.R.P.F. en tu Declaración de la Renta.
¿Quién puede beneficiarse?
- Ingenieros/as autónomos incluidos en el Sistema Alternativo a la Seguridad Social
- Ingenieros/as que cotizan en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social)
¿Cómo puedo deducir las aportaciones realizadas a La Mutua de los Ingenieros?- Si ya has deducido tus aportaciones: haz constar el importe íntegro de las prestaciones percibidas de La Mutua de los Ingenieros, en la sección de la letra A, destinada a Rendimientos del Trabajo.
- Si no te has desgravado alguna de las aportaciones: tus prestaciones pueden ser de dos tipos:
- Rendimiento del capital mobiliario: Son las prestaciones percibidas de La Mutua de los Ingenieros que corresponden a seguros cuyas aportaciones no han sido objeto de desgravación fiscal. Si durante el ejercicio anual has cobrado un seguro con esta consideración, debes hacerlo constar en la sección correspondiente de la letra B.
- Ganancias de patrimonio: si durante el año has cobrado un seguro por prestaciones sociales con consideración de ganancia de patrimonio, debes hacerlo constar en la sección F casilla 034.